Régimen de minimis: qué es, cuál es el límite y cómo se calcula
El techo de ayuda pública que puede recibir una empresa sin que se considere ayuda de Estado. Cambió en 2024 y muchas empresas siguen contando con la cifra antigua.
De dónde sale el concepto
El Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea prohíbe con carácter general que un Estado dé dinero a empresas concretas, porque distorsiona la competencia. La excepción de minimis parte de una idea sencilla: por debajo de cierta cantidad, la ayuda es tan pequeña que no afecta al mercado interior y no hace falta notificarla a Bruselas.
Eso permite a las administraciones españolas convocar buena parte de sus ayudas a pymes con un procedimiento ágil. El precio es que la empresa tiene que llevar la cuenta de todo lo que ha recibido por esa vía.
El límite general, y el cambio de 2024
El Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, aplicable desde el 1 de enero de 2024, sustituyó al anterior Reglamento 1407/2013 y elevó el techo general a 300.000 euros por empresa única durante cualquier periodo de tres años.
Hay dos cambios respecto a la regla anterior que conviene tener claros, porque mucha documentación que circula sigue con la versión vieja:
- El importe subió
- De 200.000 euros a 300.000 euros.
- El periodo ya no son ejercicios fiscales
- Antes se miraba el ejercicio en curso y los dos anteriores. Ahora son tres años móviles hacia atrás desde la fecha de concesión. Es más favorable en la práctica, pero obliga a llevar fechas, no solo años.
Hay reglamentos de minimis específicos con techos distintos: servicios de interés económico general, agricultura y pesca tienen los suyos. Si tu actividad es agraria o pesquera, el límite que te aplica no es el general.
Qué significa «empresa única»
El límite no es por sociedad, es por empresa única. El concepto incluye a todas las sociedades que mantengan entre sí alguna de las relaciones de control que define el propio reglamento: mayoría de derechos de voto, capacidad de nombrar o cesar al órgano de administración, influencia dominante por contrato o por estatutos.
La consecuencia práctica: si tienes un grupo con tres sociedades y la matriz controla a las otras dos, el techo de 300.000 euros es del conjunto, no de cada una. Declarar solo lo recibido por la sociedad solicitante cuando existe grupo es una de las causas típicas de reintegro posterior.
Cómo se calcula lo consumido
Se cuenta el importe bruto de la ayuda, antes de impuestos, en el momento en que se concede —no cuando se cobra—. Para las ayudas que no son dinero directo (un préstamo bonificado, un aval, una bonificación de cuotas) se computa el «equivalente de subvención bruto», que es la ventaja económica que supone frente a las condiciones de mercado. Ese cálculo lo hace el organismo y figura en la resolución.
La forma sensata de llevarlo es una hoja con cuatro columnas: fecha de concesión, organismo, importe declarado como de minimis y sociedad del grupo que lo recibió. Se tarda cinco minutos por ayuda y evita el problema entero.
Qué pasa si se supera
La ayuda que hace superar el techo no se concede a medias: se pierde entera esa concesión, no solo la parte que excede. Y si el exceso se descubre después, procede el reintegro con intereses de demora.
Por eso todas las convocatorias de minimis incluyen una declaración responsable donde tú declaras lo recibido en los tres años anteriores. Firmarla sin haberlo comprobado es asumir un riesgo que no compensa.
Cómo saber si una convocatoria va por minimis
Las bases lo dicen expresamente, casi siempre en el primer o segundo artículo, citando el reglamento europeo. En el catálogo de ARAANT puedes buscar el término y ver qué convocatorias abiertas lo mencionan en su denominación o en su descripción.
Si una convocatoria no lo menciona, probablemente vaya por otro régimen (exención por categorías, ayudas notificadas) y entonces este techo no te aplica a ella, aunque siga aplicándose a las que sí son de minimis.
Fuentes
Todo lo anterior sale de estas normas. Están publicadas y son gratuitas: si algo de esta guía no te cuadra, la norma manda.
- Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a las ayudas de minimis
- Ley 38/2003, General de Subvenciones
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